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Separarse con hijos: qué acordar primero.

(En resumen)
Cuando hay hijos, el acuerdo importa más que el juzgado. Estos son los puntos que tendréis que resolver y cómo hacerlo sin empezar una guerra.
Cuando una pareja con hijos decide separarse, lo más difícil casi nunca es el trámite. Son las preguntas que vienen después: dónde vivirán los niños, cómo se repartirán los gastos, quién se queda en la casa. La buena noticia es que podéis responderlas vosotros, en un acuerdo, y pedir al juzgado solo que lo apruebe.
Acuerdo o contencioso: dos caminos muy distintos
Un divorcio de mutuo acuerdo suele ser más rápido, más barato y mucho menos doloroso para los hijos. Os ponéis de acuerdo en todo, firmáis un documento llamado convenio regulador y el juzgado comprueba que protege a los menores. En un divorcio contencioso, en cambio, decide un juez después de un juicio, lo que lleva más tiempo y deja menos margen para lo que cada familia necesita de verdad.
En España se puede pedir el divorcio a partir de los tres meses de la boda. Si hay hijos menores, siempre pasa por el juzgado, aunque estéis de acuerdo en todo, y el Ministerio Fiscal revisa el convenio para asegurarse de que los protege.
Qué tiene que recoger el convenio
El convenio regulador es el centro de todo el proceso. Tiene que resolver, como mínimo:
la custodia: compartida o con uno de los dos, y cómo será el día a día de los hijos;
el tiempo con cada uno: entre semana, fines de semana, vacaciones y fechas especiales;
la pensión de alimentos: cuánto, quién la paga y cómo se reparten los gastos extraordinarios, como el dentista o una excursión;
la vivienda familiar: quién la usa y hasta cuándo;
cómo repartir lo que tenéis en común y, si procede, una compensación entre vosotros.
Pensad en la semana de los niños, no en ganar
Los convenios que mejor funcionan son los que se escriben a partir de la semana real de los hijos: colegio, actividades, distancias, horarios de trabajo de cada uno. Poner por escrito un calendario de una semana normal y de las vacaciones ayuda más que cualquier argumento jurídico. Un plan demasiado rígido o demasiado vago es el que acaba volviendo al juzgado.
Si todavía no os ponéis de acuerdo
Desde 2025, antes de presentar la mayoría de las demandas civiles, también muchas de familia, hay que acreditar que se intentó llegar a un acuerdo, por ejemplo con una mediación o una negociación formal entre abogados. Hay excepciones, como las situaciones de violencia, en las que se acude directamente al juzgado y se pueden pedir medidas urgentes.
La mediación suele ser un buen punto de partida: una profesional neutral os ayuda a hablar de los puntos en los que estáis atascados, y lo que acordéis puede pasar después al convenio regulador.
¿Se puede cambiar más adelante?
Sí. La pensión, el tiempo con cada uno o el uso de la vivienda se pueden modificar si las circunstancias cambian de forma importante: una mudanza, un trabajo nuevo, nuevas necesidades de los hijos. Lo ideal es hacerlo de común acuerdo y, si no, pidiendo al juzgado una modificación de medidas.
Qué miramos en una primera consulta
Repasamos vuestra situación, en qué estáis de acuerdo y en qué no, y te explicamos las opciones realistas y lo que costaría cada una. Si el acuerdo es posible, te ayudamos a escribirlo para que funcione en el día a día, no solo en el papel.
(Nota)
Esto es información general, no asesoramiento jurídico. Cada caso es distinto: si tienes una duda sobre el tuyo, pide una primera consulta.
(Lo firma)
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